Función socializadora de los hogares sustitutos, bajo el marco del código de la infancia y la adolescencia ley 1098 de 2006
El presente artículo es el resultado de un análisis documental alrededor de la situación que afrontan los niños, niñas y adolescentes que son ubicados en hogares sustitutos; éstos afrontan diversas situaciones y problemas a nivel familiar (en el tránsito entre la familia de origen y la familia...
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Format: | http://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f |
Language: | spa |
Published: |
Fundación Universitaria Claretiana
2022
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Subjects: | |
Online Access: | https://repositorio.uniclaretiana.edu.co/jspui/handle/20.500.12912/1853 |
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Summary: | El presente artículo es el resultado de un análisis documental alrededor de la situación
que afrontan los niños, niñas y adolescentes que son ubicados en hogares sustitutos;
éstos afrontan diversas situaciones y problemas a nivel familiar (en el tránsito entre la
familia de origen y la familia sustituta), que afectan su comportamiento y socialización.
Aspectos como el cambio de estilo de vida, de grupo familiar, de amigos, de entorno
educativo, espiritual, deportivo y de todo aquello que lo había rodeado y configurado su
realidad hasta la separación o abandono, constituyen un cambio que, inicialmente,
genera resistencia; esta situación varía significativamente si se construye un vínculo
afectivo coherente con los requerimientos y necesidades de la persona; por tanto, es
necesario anotar que, las experiencias grupales familiares, es decir, compartidas, pueden
disminuir la resistencia al cambio, y por consiguiente que se faciliten procesos de
adaptación del individuo a su nuevo entorno y que sea más fácil provocar cambios
sociales importantes a través de estos hogares sustitutos, en vez de lo que ocurre
generalmente con otro tipo de instituciones aisladas. Se pretende entonces, reflexionar
en relación a la función socializadora de los hogares sustitutos y como dicha función los
convierte en el soporte institucional del código de infancia y adolescencia, ley 1098 de
2006, proveyéndolos así de las características sociales necesarias para garantizar los
derechos y la protección de los sujetos victimas de hechos de vulneración. De acuerdo
con lo planteado, la familia sustituta protectora, generadora de ambientes sanos y
adecuados, se convierte de este modo en el lugar que propicia una socialización
fundamentada en el afecto, la comunicación asertiva y la posibilidad de la libre
expresión de los sentimientos, así como el respeto por las diferentes creencias y
culturas. Todos estos aspectos fomentan el reconocimiento de la integridad e identidad
personales, y dan cuenta de cómo esta función socializadora de los hogares sustitutos,
los convierte en un importante referente institucional y social para la restitución de
derecho |
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