RD Victimas: marco legal y políticas públicas

La legislación internacional ha establecido unos estándares que reconocen los derechos de quienes han sufrido daños por violación a sus derechos humanos, lo que dado lugar a una amplia jurisprudencia sobre las garantías específicas reconocidas a las víctimas o sobrevivientes. Tanto la Organizació...

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Main Author: Fundación Universitaria Claretiana
Format: http://purl.org/coar/resource_type/c_8042
Language:spa
Published: Fundación Universitaria Claretiana 2021
Subjects:
Online Access:https://repositorio.uniclaretiana.edu.co/jspui/handle/20.500.12912/1336
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Summary:La legislación internacional ha establecido unos estándares que reconocen los derechos de quienes han sufrido daños por violación a sus derechos humanos, lo que dado lugar a una amplia jurisprudencia sobre las garantías específicas reconocidas a las víctimas o sobrevivientes. Tanto la Organización de las Naciones Unidas como el Sistema Interamericano de la OEA han aprobado Pactos, Tratados, Resoluciones y otros documentos sobre los derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral, la memoria histórica y las garantías de no repetición que obligan a los Estados partes a prevenir los crímenes, proteger a las víctimas y resarcir los perjuicios y daños ocasionados a las personas agredidas, atendiendo siempre el enfoque diferencial. Acorde con lo anterior, Colombia ha venido implementando una serie de normas, políticas públicas, planes y programas encaminados a atender a las más de cinco millones de víctimas que se calcula ha generado la guerra en las últimas tres décadas. Especial desarrollo ha tenido el derecho a la reparación integral que implica la adopción de medidas de satisfacción, indemnización, restitución, rehabilitación y garantías de no repetición para el restablecimiento de los derechos humanos vulnerados, las cuales han tenido un amplio desarrollo en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que han exigido al gobierno adoptar acciones para hacer posible que las víctimas reconstruyan los proyectos de vida truncados por las agresiones sufridas. Esta Corte ha señalado que los procesos de reparación deben ser para los individuos, las organizaciones y las comunidades vulneradas y por tanto es fundamental la identificación de los daños causados para que puedan ser atendidos y posibilitar la reintegración social y política de las víctimas como sujetos de derechos. Es por ello que el acompañamiento a